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Última actualización de esta sección 24/Octubre/2016
Información Pública del Poder Legislativo con base en el Art. 9 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes
ARTÍCULO 9o. Con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta Ley, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar, cada vez que existan modificaciones a la misma, conforme lo señalen los lineamientos que expida el Instituto, entre otra, la información siguiente: IX. El nombre del titular de la unidad de enlace, domicilio, número telefónico, dirección electrónica, donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información.
ART. 9, FRACC. IX
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